Oposición interpone recurso contra reforma eléctrica

Ciudad de Mèxico, 9 abril.- El bloque opositor en el Senado de la República, conformado por el PAN, PRI, MC y PRD, promovió de manera formal ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) una demanda de acción de inconstitucionalidad en contra de los cambios recientes a la Ley de la Industria Eléctrica.

De acuerdo con el documento entregado al máximo tribunal del país, la oposición impugnó el decreto correspondiente que modificó los artículos 3, fracciones V, XII y XIV; 4, fracciones I y VI; 12, fracción I; 26; 35, párrafo primero; 53; 101; 108, fracciones V y VI; 126, y adicionó una fracción XII Bis al artículo 3 de la ley referida.

Desde la perspectiva de los 25 senadores que integran el grupo parlamentario panista, 13 priistas, ocho de Movimiento Ciudadano y los tres del PRD, la demanda se promovió con fundamento en los artículos 94 y 105 de la Constitución por considerar que los cambios aprobados por el Congreso de la Unión atentan contra los derechos humanos al limitar el acceso a un medio ambiente sano, el Acuerdo de París e instrumentos internacionales en materia de energía limpia y transición energética de los que México es parte.

Además de que la reforma viola los principios básicos de legalidad, seguridad jurídica y no retroactividad de la ley en perjuicio de persona alguna, y atenta contra el libre mercado en un marco de plena competencia económica al violar específicamente el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) y el Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico (TIPAT).

 

Los legisladores de la oposición están convencidos también de que la enmienda aprobada socava la autonomía de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) y del Centro Nacional de Control de Energía (Cenace), y se contrapone al espíritu de lo que establece la reforma constitucional de 2013 en materia de energía y electricidad.

En específico, consideraron que los últimos cambios a la Ley de la Industria Eléctrica se contraponen a lo fijado por la Constitución en los artículos 1º, 4º, 6º, 14, 16, 25, 27 y 28 y el décimo transitorio de la reforma constitucional estructural de hace ocho años que distribuye las competencias entre dependencias federales y órganos reguladores coordinados en materia de energía.

El artículo 105 de la Constitución establece que las acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto plantear ante la Corte la posible contradicción entre una norma de carácter general y la Constitución se ejercitarán, en el caso del Senado, por el equivalente al 33% de sus 128 integrantes, es decir, al menos 42 legisladores. (El Economista)